Boletines/Baradero

Ordenanza Nº7186-23

Ordenanza Nº 7186-23

Baradero, 06/06/2023

Vista, la grave situación que está atravesando el sector agropecuario debido a las condiciones climáticas y;
Considerando que, en toda la zona norte de la provincia y partido de Baradero en particular, los productores agropecuarios están sufriendo pérdidas considerables a causa de la sequía que se viene extendiendo durante las últimas tres campañas;
Que el contexto inflacionario que castiga a todos los argentinos agrava la situación actual y también las perspectivas para las futuras siembras;
Que los productores con rodeos ganaderos, ovinos y porcinos se encuentran en situaciones críticas por la falta de alimentos y de agua para sostener sus rodeos, sumado al aumento de los costos de los mismos debido a la escasez de estos recursos;
Que las altas temperaturas y las escasas o nulas precipitaciones, sumadas a la ocurrencia de heladas en verano han provocado un estado de los cultivos que va desde la merma de más del 80% del rendimiento a la muerte de plantas en lotes completos;
Que, estando los productores en una difícil situación, no solo a nivel climático y sanitario sino también a nivel tributario es necesaria la ayuda para no seguir deteriorando la economía de nuestra ciudad;
Que el valor de las tasas municipales ha sido aumentado en los últimos periodos a niveles superiores a los aumentos de precios y servicios;
Que es necesario que en estas condiciones el Estado Municipal acompañe el esfuerzo y otorgue los mínimos beneficios que tiene a su alcance;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferida por la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
Tratado y Aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de Ley la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase del cobro de los artículos 26 y 27 de la Ordenanza 7151/22 desde el 1° de febrero hasta el 1° de agosto de 2023 a los contribuyentes que cumplan los requisitos previstos en la presente.
Artículos 2°: Exímase del cobro del artículo 25 de la Ordenanza 7151/22 desde el 1° de febrero hasta el 1 de agosto de 2023.
Artículo 3°: Para hacer efectivo el artículo 1° de la presente, el propietario deberá acreditar cualquiera de los siguientes requisitos:
A) Ser el productor que explota la parcela.
B) Acompañar la solicitud con el contrato de arrendamiento y con el acuerdo del productor que explota la parcela, el cual deberá tener domicilio en el Partido de Baradero.
C) Acompañar con el certificado de emergencia agropecuaria.
D) Para los productores que aún no tengan el certificado de emergencia agropecuaria, se podrá presentar a inscripción para acceder a la eximición del artículo 1°.
Artículo 4°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires en Sesión Ordinaria llevada a cabo al 06 de junio de 2023.